Sociedades limitadas
Tu Asesoría en Granada. Granada Asesores
1. Confección y tramitación de las declaraciones fiscales:
- Modelo 036/037 - Declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
- Modelo 111 - Retenciones e Ingresos a Cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e Imputaciones de Renta.
- Modelo 115 - Retenciones e Ingresos a Cuenta. Rentas o Rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
- Modelo 180 - Retenciones e Ingresos a Cuenta. Rendimientos procedentes del arrendamiento de bienes urbanos. Resumen Anual.
- Modelo 190 - Resumen anual de Retenciones e Ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo de determinadas actividades económica, premios y determinadas Imputaciones de Renta.
- Modelo 200 - Impuesto sobre Sociedades. Declaración-Liquidación del Impuesto sobre Sociedades
- Modelo 202 - Impuesto Sociedades. Pago Fraccionado. Régimen General
- Modelo 303 - Impuesto sobre el Valor Añadido. Autoliquidación.
- Modelo 347 - Declaración anual de operaciones con terceras personas.
- Modelo 390 - Declaración resumen anual IVA. Declaración resumen anual IVA. : Resumen anual de Retenciones e Ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo de determinadas actividades económica, premios y determinadas
2. Contabilidad ajustada al Código de Comercio y al Plan General de Contabilidad (máx. 300 apuntes contables anualmente):
3. Elaboración Libros contables y societarios:
- Libro de inventarios y cuentas anuales
- Libro diario
- Libro de actas
- Libro de registro de socios
4. Elaboración Libros Registro IVA:
- Libro registro de de facturas emitidas
- Libro registro de facturas recibidas
- Libro registro de bienes de inversión
Te mantendremos informado sobre todas las obligaciones fiscales y tributarias ante la Agencia Tributaria a las que tiene que hacer frente un trabajador autónomo en régimen de estimación directa simplificada. Realizamos la confección y presentación de los impuestos, tramitación de los expedientes fiscales y tributarios, libros de registros fiscales….
Constitución de Sociedades Limitadas
Pasos para la constitución de Sociedades
El primer paso para la constitución de una sociedad limitada es la solicitud de la denominación social de la empresa, es decir el nombre de la empresa. A continuación hay que depositar el capital social en la entidad financiera para obtener el certificado del nombre de la sociedad. Seguidamente se elaboran los estatutos y escrituras de constitución de la sociedad para poder firmar ante el notario las escrituras. Por último se presenta ante el registro mercantil las escrituras y se solicita el alta en la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
Los datos fundamentales necesarios para el estudio de la constitución de la sociedad limitada son : el tipo de actividad que va a desarrollar la empresa, el número de socios, el capital social y el domicilio de la empresa.
En la constitución de las sociedades es fundamental elaborar correctamente los estatutos sociales, siendo el contenido mínimo: la denominación de la sociedad, el objeto social determinado las actividades a realizar, el domicilio social, el capital social, el modo de organizar la administración de la sociedad (numero de administradores, plazo de duración del cargo, sistema de retribución, etc..) y el modo de deliberar y adoptar los acuerdos los órganos colegiados de la sociedad.
El otorgamiento de la escritura pública de constitución es una condición necesaria para el nacimiento de la sociedad. La fecha de otorgamiento da inicio al plazo de 2 meses para que la escritura se presente en el Registro Mercantil, siendo también dicha fecha el inicio de las operaciones sociales. El contenido mínimo necesario de la escritura de constitución es: identidad de de los socios, la voluntad de constituir una sociedad, las aportaciones que cada socio realiza, junto con la numeración de las participaciones asignadas en pago, los estatutos de la sociedad, la determinación del modo concreto en que se organiza la administración y la identidad de las personas que se encarguen inicialmente de la administración y de la representación social.
En el momento de constituir la sociedad debe acreditarse que la sociedad tiene una denominación original y única, siendo la forma de acreditar dicha originalidad mediante la aportación a la escritura pública de constitución la certificación negativa de denominación expedida por el Registro Mercantil. Expedida la certificación, tendrá una vigencia de 3 meses.
La determinación del objeto social consiste en especificar la actividad que la sociedad va a desarrollar, exigiendo claridad y concreción.
La fijación del domicilio social es importante debido a que determina el Registro Mercantil competente para su inscripción. siendo el domicilio social el lugar donde tiene el centro de su efectiva administración y dirección
Existen diferentes subtipos de sociedad de responsabilidad limitada:
-Sociedad Limitada nueva empresa: La principal característica de esta sociedad es la rapidez y simplificación en su constitución y régimen jurídico, con el objetivo de facilitar la creación y desarrollo, en particular de pequeñas y medianas empresas.
-Sociedades laborales: La principal características es que la mayoría del capital social es propiedad de trabajadores que prestan en ella servicios retribuidos, siendo la relación laboral por tiempo indefinido.
-Sociedades profesionales: constituidas para el ejercicio común de una actividad profesional, debiendo tener sus socios una titulación universitaria o profesional.
-Sociedad Limitada de formación sucesiva: se caracteriza por la falta de exigencia de capital social mínimo.