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ALTA EN EL CENSO DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES Y RETENEDORES

La tramitación del alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores se puede llevar a cabo mediante la cumplimentación de 2 modelos:

1.- Modelo 036. Es la declaración censal de alta utilizada con carácter general.

2.- Modelo 037. Es la declaración censal de alta simplificada, que sólo puede ser utilizada por personas físicas residentes, cuando se cumplen las siguientes requisitos:

 

- Tener asignado un número de identificación fiscal (NIF).

- El domicilio fiscal debe coincidir con el domicilio de gestión administrativa.

- No actuar por medio de representante.

- No figurar inscritos en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) o en el Registro de devolución mensual.

- No realizar ventas a distancia.

- No satisfacer rendimientos de capital mobiliario.

- No ser  sujetos pasivos de Impuestos Especiales

- No estar incluidos en los regímenes especiales del IVA (excepto Régimen simplificado, Régimen de agricultura, ganadería y pesca o Régimen especial de recargo de equivalencia).

- No ser considerado grandes empresas.

La declaración censal de alta (modelo 036 o modelo 037) debe presentarse con anterioridad al inicio de la actividad empresarial o profesional (desde el momento en que se realicen  entregas, prestaciones, o adquisiciones de bienes o servicios, se efectúen cobros o pagos o se contrate personal laboral, con la finalidad de producir o distribuir bienes o servicios).

 

 

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Nuestro proyecto de Incorporación de estrategias de marketing digital en la actividad de la empresa en la población de Granada, que tiene como objetivo contribuir a la modernización digital y a la mejora de la competitividad de las personas trabajadoras autónomas andaluzas, ha recibido una ayuda de la Unión
Europea y de la Junta de Andalucía con cargo al Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020.
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