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AMORTIZACION DE INMUEBLES ARRENDADOS EN EL IRPF

En numerosas ocasiones nos planteamos los conceptos a deducir de los rendimientos íntegros del capital inmobiliario. Unos de los conceptos deducibles, y que solemos pasar por alto, es el correspondiente a la amortización del inmueble arrendado.

El artículo 23.1 b) de la Ley del IRPF declara deducible el gasto destinado a la amortización del inmueble, en los siguientes términos:

  -La amortización cumple el requisito de efectividad si no excede del 3%.

  -La base de cálculo sobre la que se aplica dicho porcentaje es el mayor de los siguientes  dos valores: valor de adquisición satisfecho o valor catastral (sin incluir el valor del suelo).

Se deben además tener en cuenta las siguientes reglas:

  -La  suma de las amortizaciones efectuadas podrá exceder del coste de adquisición del inmueble.

  -No se admiten las amortizaciones practicadas con posterioridad al plazo máximo de amortización.

Por último comentar que en el supuesto que el inmueble no hubiera estado arrendado durante todo el año, la amortización deducible será la que corresponda al número de días del año en el que el inmueble hubiera estado arrendado.

Ejemplo

Para ver la importancia del ahorro fiscal de la deducción analizada, vamos a suponer que disponemos de un inmueble arrendado por 400 €  mensuales durante todo el año, con un valor de adquisición de 120.000€ y un valor catastral de 100.000 €, correspondiendo el 80% al valor de la construcción.

El gasto deducible en concepto de amortización sería la cifra mayor de:

   - 3% Valor catastral      = 0.03 x 0.8 x 100.000 = 2.400 €

   - 3% Valor adquisición  = 0.03 x 0.8 x 120.000 = 2.880 €

Por tanto, el rendimiento neto del capital inmobiliario sería: (12 meses x 400 €)- 2.880 € = 1.920 €

Como se puede observar se ha reducido el rendimiento correspondiente al arrendamiento del inmueble en un 60%, y ello sin tener en cuenta otro tipo de gastos deducibles, así como la reducción correspondiente en caso de inmueble destinado a vivienda, que intentaremos analizar en posteriores artículos.

 

 

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