Contacto

Contacto

Please let us know your name.
Please let us know your message.
Please let us know your email address.

MODELO 303. IVA

El modelo 303 de autoliquidación del IVA para autónomos o empresarios se compone de cuatro apartados fundamentales:

       1.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN. Se refleja:

- NIF

- Periodo de liquidación (mes o trimestre correspondiente)

- Apellidos  o razón social

- Fecha del ejercicio de devengo

 

2.- IVA DEVENGADO. Se refleja:

- La suma total de la base imponible de todas las facturas por ventas o prestaciones de servicios, ejecutadas y no exentas de IVA, separando las correspondientes a los tipos de IVA superreducido (4%), IVA reducido (10%) e IVA general (21%).

- El porcentaje de IVA a cada base de IVA indicada (4%, 10%, 21%).

- Cuotas devengadas correspondientes a cada tipo de IVA.

Si se ha facturado a comercios minoristas que estén en el Régimen especial de Recargo de Equivalencia del IVA, se deben reflejar igualmente las bases imponibles gravadas, el tipo aplicado (5,2%, 1.4%, 0.5%) y  las cuotas resultantes.

Si se han realizado Adquisiciones Intracomunitarias de Bienes o Servicios se debe reflejar  la base imponible gravada de las adquisiciones intracomunitarias y las correspondientes cuotas devengadas.

Si se han realizado otras operaciones con Inversión del Sujeto Pasivo se debe reflejar  la base imponible gravada de dichas operaciones y las correspondientes cuotas devengadas.

Por último hay que hacer constar las modificaciones de bases y cuotas realizadas en el periodo de liquidación.

 

 3.- IVA DEDUCIBLE. Se refleja:

 

-  La suma total de la base imponible de todas las facturas recibidas por operaciones interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias, distinguiendo si se corresponden a operaciones corrientes u operaciones con bienes de inversión.

-  Cuotas soportadas de todas las facturas recibidas por operaciones interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias, distinguiendo si se corresponden a operaciones corrientes u operaciones con bienes de inversión.

Si se han recibido facturas rectificativas se debe reflejar la base imponible gravada y la cuota correspondiente (Rectificación de deducciones).

Los sujetos pasivos acogidos al Régimen Especial de la agricultura, ganadería y pesca, deben reflejar el importe de las compensaciones satisfechas.

Se debe reflejar el resultado de la regularización de las deducciones por bienes de inversión.

Por último, se reflejará la regularización de las deducciones provisionales practicadas durante el ejercicio como consecuencia de la aplicación del porcentaje definitivo de prorrata.

 

  1. RESULTADO DE LA LIQUIDACIÓN. Se refleja:

- La diferencia entre la el total de la cuota devengada y  el total de la cuota a deducir.

- El importe de las cuotas a compensar procedentes de periodos anteriores.

- El importe a deducir (exclusivamente en caso de autoliquidación complementaria), resultado  de la anterior declaración del mismo concepto, ejercicio y periodo.

- Resultado final de la liquidación.

 

Por último, hay que indicar la siguiente información adicional:

- Importe de las entregas intracomunitarias de bienes y servicios realizadas

- Importe de las exportaciones realizadas.

- Importe de las operaciones no sujetas o con inversión del sujeto pasivo que originan el derecho a deducción.

 

Image
Nuestro proyecto de Incorporación de estrategias de marketing digital en la actividad de la empresa en la población de Granada, que tiene como objetivo contribuir a la modernización digital y a la mejora de la competitividad de las personas trabajadoras autónomas andaluzas, ha recibido una ayuda de la Unión
Europea y de la Junta de Andalucía con cargo al Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020.
Image
Image
Image