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MODIFICACIÓN RETENCIONES EN EL IRPF

En el Real Decreto Ley 9/2015, de 10 julio de 2015 se publicaron las nuevas retenciones a aplicar en el IRPF. Con efecto sobre los pagos realizados a partir del 12 de julio, estas son las modificaciones de tipos de retención en el IRPF más habituales:

1.    Retenciones de profesionales autónomos

La nueva retención a  practicar por profesionales autónomos pasa al 15% (anteriormente 19%) y el tipo reducido (primer año de actividad y los dos años siguientes) se fija en el 7% (anteriormente 9%)

2.    Retenciones por alquileres y retenciones por cursos, conferencias y coloquios

 Las retenciones practicadas por cursos, conferencias y coloquios bajan al 15% (anteriormente 19%).Las retenciones a practicar por el  arrendamiento de inmuebles urbanos, pasan al 19,5% (anteriormente 20%).              

3.    Retenciones por rendimientos del trabajo

En el caso de retenciones por rendimientos del trabajo, con la nómina de julio o máximo agosto, se regulariza el cálculo de IRPF global aplicando las nuevas tablas de IRPF y computando el total de ingresos anuales por trabajador.

 

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Nuestro proyecto de Incorporación de estrategias de marketing digital en la actividad de la empresa en la población de Granada, que tiene como objetivo contribuir a la modernización digital y a la mejora de la competitividad de las personas trabajadoras autónomas andaluzas, ha recibido una ayuda de la Unión
Europea y de la Junta de Andalucía con cargo al Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020.
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