En el Real Decreto Ley 9/2015, de 10 julio de 2015 se publicaron las nuevas retenciones a aplicar en el IRPF. Con efecto sobre los pagos realizados a partir del 12 de julio, estas son las modificaciones de tipos de retención en el IRPF más habituales:
1. Retenciones de profesionales autónomos
La nueva retención a practicar por profesionales autónomos pasa al 15% (anteriormente 19%) y el tipo reducido (primer año de actividad y los dos años siguientes) se fija en el 7% (anteriormente 9%)
2. Retenciones por alquileres y retenciones por cursos, conferencias y coloquios
Las retenciones practicadas por cursos, conferencias y coloquios bajan al 15% (anteriormente 19%).Las retenciones a practicar por el arrendamiento de inmuebles urbanos, pasan al 19,5% (anteriormente 20%).
3. Retenciones por rendimientos del trabajo
En el caso de retenciones por rendimientos del trabajo, con la nómina de julio o máximo agosto, se regulariza el cálculo de IRPF global aplicando las nuevas tablas de IRPF y computando el total de ingresos anuales por trabajador.