Granada Asesores. Asesoría en Granada
El nuevo sistema de cotización de autónomos ha entrado en vigor el 1 de Enero de 2.023. Básicamente la cotización de los trabajadores por cuenta propia va a depender de los rendimientos obtenidos a lo largo del año.
Por tanto, lo primero que debemos hacer es realizar una previsión de los rendimientos del año. En función de dicha previsión, nos encuadraremos en uno de los quince tramos propuestos por la Seguridad Social. Para cada uno de los tramos existe una base mínima de cotización y una base máxima de cotización, y tendremos que elegir la base por la cual estemos dispuestos a cotizar.
Una vez finalice al año y se presente el Impuesto de la Renta de la Personas Físicas, la Agencia Tributaria trasladará los datos de nuestros rendimientos reales obtenidos a la Tesorería de la Seguridad Social. Pueden darse tres situaciones:
- Que nuestro rendimiento real obtenido coincida con el tramo del rendimiento previsto. En este caso no existirá regularización y las bases provisionales se convertirán en bases definitivas.
- Que nuestro rendimiento real obtenido sea inferior al tramo de rendimiento previsto. En este caso, si la base elegida provisionalmente no se encuentra entre la base mínima y base máxima del tramo que nos corresponde realmente, la Seguridad Social devolverá de oficio las cuotas ingresadas de más.
- Que nuestro rendimiento real obtenido sea superior al tramo de rendimiento previsto. En este caso, si la base elegida provisionalmente no se encentra entre la base mínima y la base máxima del tramo que nos corresponde realmente, la Seguridad Social regularizará la situación, reclamando la diferencia de cuotas que se corresponde con la base mínima del tramo y la cuotas realmente ingresadas.